Micelio

Artículo 18

Decreto 1583 de 1964 · Por el cual se modifica el Decreto número 566 de 1962

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo decimoctavo. El fondo especial de operaciones del PINA será administrado a través de la dirección o secretaria seccional de salud pública, la cual lo considerara como fondo en fideicomiso y lo administrara como cuenta independiente con destino exclusivo a las actividades del PINA. El director o secretario seccional de salud pública delegara la administración del fondo en el coordinador seccional del PINA. Este fondo será manejado con sujeción a un reglamento administrativo aprobado por el comité coordinador, el director del PINA y la contraloría que ejerza el control fiscal de la secretaria o dirección de salud pública de la respectiva sección.

Parágrafo

Las nóminas de personal y las cuentas de viáticos deberán ser refrenadas por el director o secretario seccional de salud pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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