Los Jefes de las Divisiones Delegadas de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público efectuarán previamente la imputación presupuestal en las órdenes de trabajo, pedidos y contratos, verificarán que los servicios no hayan sido prestados ni los elementos recibidos antes de su perfeccionamiento; vigilarán que el acto administrativo expedido por el ordenador del gasto señale correctamente el artículo presupuestal que se afecta y que se cumpla con los demás requisitos de conformidad con las normas reglamentarias vigentes.
En las entidades territoriales, los ordenadores y auditores de las dependencias nacionales cumplirán las anteriores funciones.