Artículo segundo. El pago de los auxilios de que trata el artículo anterior, su manejo e inversión y la rendición de las cuentas correspondientes a la Contraloría General dela República, se efectuarán con arreglo a las normas administrativas y fiscales vigentes para esta clase de erogaciones.
Decreto 3022 de 1966 →Vigente
Artículo 2
Decreto 3022 de 1966 · Por medio del cual se distribuye parcialmente la apropiación global "auxilios a congresos agropecuarios" del presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio de Agricultura
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.