Micelio

Artículo 95

Forma De Disponer, Destinaciones, Traslados Y Comisión

Decreto 612 de 1977 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Forma de disponer, destinaciones, traslados y comisión. Las destinaciones, traslados y comisiones del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, se dispondrá en la siguiente forma: a) Por decreto del Gobierno

1.

Destinaciones y traslados para Oficiales y Generales de Insignia, en todos los casos.

2.

Destinaciones y traslados para Oficiales que desempeñen cargos que conlleven jurisdicción y competencia de acuerdo con el Código de Justicia Penal Militar.

3.

Comisiones para Oficiales y Suboficiales al exterior, superiores a noventa (90) días.

4.

Comisiones superiores a noventa (90) días en el exterior, a lugares diferentes a su sede.

5.

Comisiones dentro del país mayores a noventa (90) días para Oficiales Generales y de Insignia.

6.

Comisiones para Oficiales Superiores de la Administración Pública o en entidades oficiales privadas. b) Por resolución ministerial: 1. Destinaciones y traslados para Oficiales Superiores en todos los casos en que no se requiera decreto. 2. Comisiones al exterior para Oficiales y Suboficiales, hasta por noventa (90) días. 3. Comisiones hasta por noventa (90) días en el exterior, a lugares diferentes a su sede. 4. Comisiones en el país para Oficiales Generales y de Insignia, superiores a diez (10) días y no mayores de noventa (90). 5. Comisiones en el país para Oficiales superiores en reparticiones militares, cuando excedan de noventa (90) días. 6. Comisiones para Oficiales subalternos y Suboficiales en la Administración Pública o entidades oficiales o privadas. c) Por orden administrativa del Comando General y de los Comandos de Fuerza: 1. Destinaciones y traslados de Oficiales subalternos y Suboficiales. 2. Comisiones en el país para Oficiales Generales y de Insignia hasta por diez (10) días. 3. Comisiones en el país inferiores a noventa (90) días, para Oficiales Superiores. 4. Comisiones en el país para Oficiales subalternos y Suboficiales. d) Por el orden del día de los Comando de Unidad Operativa. Comisiones en el país de Oficiales y Suboficiales del respectivo Cuartel General y de las Unidades y organismos, hasta por diez (10) días.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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