Micelio

Artículo 7

Corresponde A La Junta Directiva: A) Expedir El Reglamento Del Instituto, Y Aprobar Los Que Deban Regir El Funcionamiento De Cualquiera De Sus Dependencias; B) Proyectar Al Gobierno Nacional Los Estudios Y Proyectos Que Estimen Convenientes Para El Desarrollo Del Instituto, Así Como Proponerle Las Reformas Que Deban Introducirse La Legislación Vigente Sobre Asuntos Nucleares; C) Aprobar El Presupuesto De Gastos Del Instituto; D) Aprobar Todo Contrato O Erogación Cuya Cuantía Exceda De Diez Mil Pesos ($ 10

Decreto 448 de 1956 · Por el cual se crea el Instituto Colombiano de Asuntos Nucleares

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Corresponde a la Junta Directiva

a)

Expedir el reglamento del Instituto, y aprobar los que deban regir el funcionamiento de cualquiera de sus dependencias;

b)

Proyectar al Gobierno Nacional los estudios y proyectos que estimen convenientes para el desarrollo del Instituto, así como proponerle las reformas que deban introducirse la legislación vigente sobre asuntos nucleares;

c)

Aprobar el presupuesto de gastos del Instituto;

d)

Aprobar todo contrato o erogación cuya cuantía exceda de diez mil pesos ($ 10.000.00) moneda corriente, y en todo, caso la adquisición, permuta, gravamen, o enajenación de bienes raíces;

e)

Autorizar cualquier gasto extraordinario distinto de los contemplados en el presupuesto;

f)

Nombrar el Secretario del Instituto, crear los cargos que demande la buena marcha de dicho organismo, fijar las correspondientes asignaciones, y establecer las normas para el nombramiento, licencia y retiro de los empleados;

g)

Organizar, de acuerdo con el Gerente, cualquiera de sus funciones, por el tiempo que ella disponga;

h)

Delegar en el Gerente cualquiera de sus funciones, por el tiempo que ella disponga;

i)

Autorizar la contratación de empréstitos para l ensanche de las labores de la entidad;

j)

Fijar las escalas de precios, y de las participaciones de conformidad con el artículo 43 del Decreto 2638 de 1955, y

k)

En general, ejercer todas las funciones, atribuciones y actividades encaminadas a la realización de los fines del Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 448 de 1956