° Corresponde a la Junta Directiva
Expedir el reglamento del Instituto, y aprobar los que deban regir el funcionamiento de cualquiera de sus dependencias;
Proyectar al Gobierno Nacional los estudios y proyectos que estimen convenientes para el desarrollo del Instituto, así como proponerle las reformas que deban introducirse la legislación vigente sobre asuntos nucleares;
Aprobar el presupuesto de gastos del Instituto;
Aprobar todo contrato o erogación cuya cuantía exceda de diez mil pesos ($ 10.000.00) moneda corriente, y en todo, caso la adquisición, permuta, gravamen, o enajenación de bienes raíces;
Autorizar cualquier gasto extraordinario distinto de los contemplados en el presupuesto;
Nombrar el Secretario del Instituto, crear los cargos que demande la buena marcha de dicho organismo, fijar las correspondientes asignaciones, y establecer las normas para el nombramiento, licencia y retiro de los empleados;
Organizar, de acuerdo con el Gerente, cualquiera de sus funciones, por el tiempo que ella disponga;
Delegar en el Gerente cualquiera de sus funciones, por el tiempo que ella disponga;
Autorizar la contratación de empréstitos para l ensanche de las labores de la entidad;
Fijar las escalas de precios, y de las participaciones de conformidad con el artículo 43 del Decreto 2638 de 1955, y
En general, ejercer todas las funciones, atribuciones y actividades encaminadas a la realización de los fines del Instituto.