Obligación de los depósitos francos de identificar los licores y bebidas alcohólicas. Los licores y bebidas alcohólicas que almacenen y expendan los depósitos francos, deberán llevar en la etiqueta del envase un sello que cumpla con la información establecida por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Son obligaciones del titular del depósito franco colocar el sello a que se refiere el presente artículo e informar a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) con la periodicidad que esta establezca, la cantidad y el valor de licores vendidos a viajeros que ingresan desde el exterior al territorio aduanero nacional.
Decreto 1165 de 2019 →Vigente
Artículo 105
Decreto 1165 de 2019 · por el cual se dictan disposiciones relativas al Régimen de Aduanas en desarrollo de la Ley 1609 de 2013.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.