Micelio

Artículo 4

Ley 201 de 1938 · por la cual se provee a la construcción de la plaza de mercado de Santa Rosa de Cabal, se fomenta el establecimiento de balnearios termales y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación contribuirá con una suma igual a la que aporten separada o conjuntamente los Departamentos y Municipios para el establecimiento de balnearios termales. Es entendido que las entidades que se acojan a esta disuposición no tendrán derecho a la subvención a que se refiere el

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 201 de 1938