Micelio

Artículo 1

Decreto 42 de 1995 · por el cual se fija la remuneración para los empleos del personal carcelario y penitenciario y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . A partir del 1º de enero de 1995, los sueldos básicos, los sobresueldos y la asignación adicional mensual para el personal carcelario y penitenciario, cuyos empleos se relacionan a continuación, serán los siguientes: Denominación Código Grado Sueldo Básico Sobre sueldo Asignación Adicional Director de Establecimiento Carcelario 5070 20 390.268 227.378 16 354.963 194.895 13 340.707 146.172 11 296.350 113.690 Subdirector de Establecimiento Carcelario 5115 11 296.350 127.171 09 274.624 125.548 1.100 Mayor de Prisiones 5000 12 274.059 124.898 1.100 Capitán de Prisiones 5110 11 253.240 124.572 1.400 Teniente de Prisiones 5145 09 214.541 123.598 1.600 Inspector Jefe 5165 06 181.613 121.485 1.800 Inspector 5170 05 170.298 120.512 1.900 Subinspector 5215 04 164.090 119.496 1.900 Distinguido 5255 03 157.626 118.887 2.000 Dragoneante 5260 02 147.892 117.587 2.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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