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Artículo 10

Subdirección De Atención Integral Y Bienestar Social Al Afiliado

Decreto 1203 de 2025 · por el cual se modifica la estructura de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, Casur, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Atención Integral y Bienestar Social al Afiliado . Son funciones de la Subdirección de Atención Integral y Bienestar Social al Afiliado

1.

Diseñar e implementar la política integral de bienestar y previsión social, dirigida al personal afiliado y beneficiarios de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional.

2.

Desplegar, integrar y coordinar, planes, programas y proyectos de atención integral y bienestar, orientados a mejorar la calidad de vida y el acceso a los servicios de los afiliados y beneficiarios de la entidad, así como realizar seguimiento y monitoreo.

3.

Liderar estrategias para la prevención de los riesgos psicosociales y la promoción de los factores protectores.

4.

Desarrollar actividades de coordinación y sinergia con las Entidades Intersectoriales, con el propósito de fortalecer las capacidades en materia de bienestar, para los afiliados y sus beneficiarios.

5.

Implementar y mantener el modelo de atención al ciudadano, de acuerdo con las necesidades identificadas, establecidas por el Despacho del Director General, en los términos legales vigentes.

6.

Liderar las estrategias que permitan ampliar la cobertura de atención y promoción de bienestar a nivel nacional.

7.

Liderar y coordinar las actuaciones relativas a la participación ciudadana, así como proponer el Programa de Transparencia y Ética Pública, para su consolidación, aprobación e implementación.

8.

Hacer el seguimiento a la estrategia de racionalización y actualización de los trámites definidos en la entidad, de conformidad con lo establecido por el Departamento Administrativo de la Función Pública.

9.

Gestionar, las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, consultas de información y felicitaciones, de los afiliados y ciudadanos en general, de acuerdo con las competencias de la entidad y los términos legales establecidos.

10.

Proponer e implementar políticas, planes, programas, estrategias y demás actividades necesarias para atender a la población identificada en condición de vulnerabilidad, así como realizar seguimiento y monitoreo.

11.

Promover estrategias y acciones que fomenten la recreación, la cultura, el deporte, el turismo, la educación, el emprendimiento y la empleabilidad, que contribuyan al desarrollo humano de los afiliados y sus beneficiarios.

12.

Diseñar e implementar herramientas para medir la satisfacción de los usuarios, con el fin de identificar tendencias en materia de bienestar, que permitan optimizar el servicio, fortalecer la oferta de valor y mejorar la percepción de la entidad frente a los afiliados y sus beneficiarios.

13.

Administrar la herramienta dispuesta por la entidad para la caracterización de los afiliados y beneficiarios por medio de las variables demográficas, geográficas, intrínsecos y de comportamiento.

14.

Gestionar alianzas y convenios que se generen para contribuir al mejoramiento de la percepción de calidad de vida de los afiliados y sus beneficiarios.

15.

Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión Integral y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión de la entidad.

16.

Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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