Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente: FUERZAS DE POLICIA CAPITULO 183 División de Policía 001. Del artículo 1817. Para sobresueldos del personal de las Divisiones de Policía, en la presente vigencia y anteriores $ 84.600.00 Suma el contracrédito $ 84.600.00 CAPITULO 185 Material y gastos varios 003. Al artículo 1839. Para servicio telefónico local, alumbrado y fuerza eléctrica, acueducto, aseo y desinfección, materiales, traslados y demás servicios en la presente vigencia y anteriores $.84.600.00 Suma el crédito $ 84.600.00
Decreto 1306 de 1956 →Vigente
Artículo 1817
Para Sobresueldos Del Personal De Las Divisiones De Policía, En La Presente Vigencia Y Anteriores $ 84
Decreto 1306 de 1956 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos vigente. (Fuerza de Policía)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.