Micelio

Artículo 9

Decreto 441 de 1975 · Por el cual se crean los grupos de trabajo interinstitucionales a nivel nacional y los comités regionales de producción ganadera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo noveno. El Ministerio de Agricultura, a través de la Oficina de Planeamiento del Sector Agropecuario, OPSA, fijará un calendario anual de reuniones para los Grupos de Trabajo Interinstitucionales a nivel nacional y para los Comités Regionales de Producción Ganadera y establecerá las normas sobre organización y trabajo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 441 de 1975