Recibido el expediente por el juez sustanciador, se procede a su estudio para dictar el auto que ordena cerrar la investigación procediendo en la misma forma que en los procesos menores para dictar este auto. Dictado el auto de cierre de la investigación, el juez da traslado del expediente por el término de veinticuatro horas, al fiscal, para que emita concepto sobre el mérito del sumario.
Decreto 1125 de 1950 →Vigente
Artículo 371
Recibido El Expediente Por El Juez Sustanciador, Se Procede A Su Estudio Para Dictar El Auto Que Ordena Cerrar La Investigación Procediendo En La Misma Forma Que En Los Procesos Menores Para Dictar Este Auto
Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.