Micelio

Artículo 30

Secretar

Ley 1622 de 2013 · por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

í a Técnica del Consejo Nacional de Políticas Públicas de la Juventud . La Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Políticas Públicas de la Juventud tendrá entre sus funciones:

1.

Convocar y preparar los documentos de trabajo para las sesiones del Consejo Nacional de Políticas Públicas de la Juventud priorizando las reuniones previstas para planeación, mecanismos de implementación de acciones en relación con otros actores del sistema y seguimiento y evaluación por resultados.

2.

Llevar la memoria de las reuniones y garantizar el flujo de información dentro de los integrantes del Consejo.

3.

Presentar a consideración de cada integrante del Consejo Nacional de Políticas Públicas de la Juventud las agendas públicas para garantizar su implementación de manera transversal.

4.

Apoyar la constitución de las comisiones de trabajo estratégico.

5.

Consolidar la información y presentar semestralmente los informes de la gestión del Consejo Nacional de Políticas de Juventud, de los avances institucionales por sector en la inclusión de información diferencial, presupuestos y líneas estrategias de trabajo con jóvenes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1622 de 2013