Subdirección de Determinación de Derechos Pensionales. Corresponde a la Subdirección de Determinación de Derechos Pensionales desarrollar las siguientes funciones
Estudiar las solicitudes de reconocimiento o ajuste de prestaciones económicas, de acuerdo con las normas aplicables para cada caso.
Determinar la existencia del derecho solicitado y, cuando sea procedente, realizar la respectiva liquidación.
Proferir las resoluciones de reconocimiento de prestaciones económicas o el auto de rechazo cuando sea procedente.
Remitir los actos de reconocimiento o rechazo de derechos pensionales o prestaciones económicas a la Subdirección de Atención al Pensionado para su respectiva notificación.
Resolver los recursos que sean interpuestos por el solicitante contra los actos de reconocimiento o rechazo de derechos pensionales o prestaciones económicas.
Gestionar e informar a la Dirección de Pensiones sobre las inconsistencias encontradas en el reconocimiento de los derechos pensionales y prestaciones económicas a su cargo.
Reportar al FOPEP, o la entidad que haga sus veces, las novedades para que se actualice la nómina de pensionados a su cargo.
Determinar las cuotas partes por pagar y por cobrar, verificar la correcta liquidación de las mismas y proferir los actos administrativos respectivos.
Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.