° Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1922, con la cantidad de ciento veintiocho mil quinientos treinta y tres pesos diez centavos ($ 128,533-10), que llevará las siguientes imputaciones: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 1° Congreso Nacional, Cámara del Senado. Artículo 1° Para, cubrir las dietas de los Senadores y los sueldos de los empleados de la Secretaría de dicha Cámara, en dos meses y catorce días de sesiones extraordinarias, de acuerdo con los créditos votados en las Leyes 3ª y 17 de 1922 $ 38.409 50 Cámara de Representantes. Articulo 2º Para cubrir las dietas de los Representantes y los sueldos de los empleados de la Secretaría de dicha Cámara, en dos meses y catorce días de sesiones extraordinarias, de acuerdo con los créditos votados en las Leyes 3ª y 17 de 1922 86,103 60 124,513 10 CAPITULO 15 Establecimientos de castigo. Penitenciaría Central . Artículo 252.
De siete Hermanas de la Caridad, a $ 15 mensuales cada una, en vez de $ 10, en el año (completo) $ 420 MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA CAPITULO 57 Territorios escolares. Caquetá y Putumayo. Artículo 523.
Para cincuenta Escuelas Primarias, en vez de cuarenta, a $ 30 mensuales cada una, en el año (completo) 3,600 Total $ 128,533 10