Micelio

Artículo 6

Ley 38 de 1921 · Sobre parcialidades de indígenas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogase el Articulo 5° de la Ley 32 de 1920 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 38 de 1921