La Dirección Principal De La Empresa Será Ejercida Por Una Junta Directiva Políticamente Paritaria, Compuesta Por Cuatro (4) Miembros, Así; El Ministro De Hacienda Y Crédito Público, El Ministro De Obras Públicas Y Dos (2) Miembros Designados Por El Presidente De La República
Decreto 1414 de 1961 · Por el cual se reglamenta la ley 154 de 1959, orgánica de la Empresa "Puertos de Colombia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º La dirección principal de la Empresa será ejercida por una Junta Directiva políticamente paritaria, compuesta por cuatro (4) miembros, así; El Ministro de Hacienda y Crédito Público, el Ministro de Obras Públicas y dos (2) miembros designados por el Presidente de la República. Los Ministros mencionados designarán sus correspondientes representantes y permanentes. Los miembros de la Junta Directiva nombrados por el Presidente de la República, tendrán sus respectivos suplentes personales de la Misma filiación política.
Parágrafo
Tanto los miembros principales de la Junta, como sus siguientes designados por el Presidente de la República, serán reemplazados, total o parcialmente, cuando ello sea necesario para conservar la paridad política.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.