° Adiciónase el Presupuesto de gastos extraordinarios de la defensa nacional, así: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO CAPITULO 78 Impuestos de la defensa nacional. Artículo 627 C. Para atender a gastos de personal y material en la recaudación y fiscalización de los impuestos creados por la Ley 12 de 1932 por Decreto legislativo 361 de 1933 $ 42,182 68 Comuníquese y publíquese.
Decreto 1497 de 1933 →Vigente
Artículo 2
Adiciónase El Presupuesto De Gastos Extraordinarios De La Defensa Nacional, Así: Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Capitulo 78 Impuestos De La Defensa Nacional
Decreto 1497 de 1933 · Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos extraordinarios de la defensa nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.