Artículo segundo . De la partida apropiada en el Capítulo 356, artículo 4529 del Presupuesto Nacional vigente, para atender a la construcción, reparación, adiciones y mejoras locativas, con destino a establecimientos de educación en el país, compra de terrenos, locales o edificio para los mismos establecimientos, y otras construcciones, según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado y conforme a leyes preexistentes, y a las necesidades del servicio, en el año, hácese la siguiente distribución parcial: Ordinal I. Para la construcción del edificio de la Es-r cuela Industrial de Popayán, cien mil pesos ($ 100.000.00).
Artículo 4529
Del Presupuesto Nacional Vigente, Para Atender A La Construcción, Reparación, Adiciones Y Mejoras Locativas, Con Destino A Establecimientos De Educación En El País, Compra De Terrenos, Locales O Edificio Para Los Mismos Establecimientos, Y Otras Construcciones, Según Distribución Que Hará El Gobierno Nacional Por Decreto Separado Y Conforme A Leyes Preexistentes, Y A Las Necesidades Del Servicio, En El Año, Hácese La Siguiente Distribución Parcial: Ordinal I
Decreto 706 de 1957 · Por el cual se crea un establecimiento de educación y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.