Art. 1.° La Secretaría del Tesoro i Crédito nacional se divide en las cuatro secciones siguientes: 1. a Del Tesoro i negocios jenerales; 2. a Del Crédito nacional; 3. a De Pensiones, bienes desamortizados i obras públicas. i 4. a De Contabilidad jeneral.
Decreto 18680710 de 1868 →Vigente
Artículo 1
Decreto 18680710 de 1868 · organizando la Secretaría del Tesoro i Crédito nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.