Micelio

Artículo 37

Decreto 3136 de 1968 · por el cual se reorganiza, el Ministerio del Trabajo.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de los Jefes de División Departamentales de Trabajo y Seguridad Social:

a)

a) Dirigir y coordinar la ejecución de los programas adoptados por el Ministerio;

b)

b) Estudiar y resolver los problemas de las Secciones Departamentales;

c)

c) Dirigir las Oficinas Locales de Trabajo de su jurisdicción;

d)

d) Intervenir en la solución, por vía conciliatoria, de los conflictos de trabajo;

e)

e) Recibir y evaluar los informes periódicos de sus unidades subalternas y elaborar con base en ellos los que debe rendir periódicamente al Secretario General del Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3136 de 1968