°. Integración . La Comisión estará integrada por
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Salud y Protección Social
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo
El Director del Departamento Nacional de Planeación
El Ministro Consejero para el Gobierno y el Sector Privado, o quien haga sus veces en la Presidencia de la República, quien la presidirá. Excepcionalmente, los Ministros podrán delegar su participación en los Viceministros y el Director del Departamento Nacional de Planeación en el Subdirector Sectorial.
La Comisión deberá reunirse como mínimo dos veces por semestre, sin perjuicio de las reuniones que sean necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de sus funciones.
La Comisión podrá sesionar con un mínimo de tres (3) de sus miembros y adoptará las decisiones por mayoría simple de sus integrantes.