Del saldo de la partida apropiada en el Capítulo 115, artículo 1570 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1951, "para gastos de conservación y adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales" hácese la siguiente distribución parcial, para la ejecución de la siguiente obra:
Capítulo 115, artículo 1570.