Micelio

Artículo 28

El Órgano De Comunicación Del Gobierno Con El Consejero En Materia Presupuestal Es El Secretario De Hacienda

Decreto 1927 de 1975 · Por el cual se dictan normas para elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos de Intendencias y Comisarías

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El órgano de comunicación del Gobierno con el Consejero en materia presupuestal es el Secretario de Hacienda. En consecuencia, sólo este funcionario o el propio Intendente o Comisario podrán solicitar, a nombre del Gobierno, la creación de nuevas rentas o recursos, la modificación de las tarifas de las rentas, la modificación o traslado de las partidas para gastos incluidas por el Gobierno en el proyecto, la consideración de nuevas partidas y la concesión de autorizaciones para contratar empréstitos".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1927 de 1975