Micelio

Artículo 8

Comité Intersectorial

Ley 1133 de 2007 · por medio de la cual se crea e implementa el programa “Agro, Ingreso Seguro – AIS.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créase el Comité Intersectorial del Programa “Agro, Ingreso Seguro - AIS” como ente asesor, el cual estará conformado por:

a)

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, quien lo presidirá;

b)

El Ministro de Hacienda y Crédito Público;

c)

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo;

d)

El Director del Departamento Nacional de Planeación;

e)

El Presidente del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario-Finagro;

f)

El Presidente de la Sociedad de Agricultores de Colombia – SAC;

g)

El presidente de la Federación Nacional de Ganaderos – Fedegán;

h)

El presidente de la Federación Nacional de Avicultores – Fenavi;

i)

Un representante de los pequeños agricultores;

j)

Gerente General de la Federación Nacional de Cafeteros.

Parágrafo 1

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural reglamentará el mecanismo de participación de los pequeños agricultores en el Comité.

Parágrafo 2

La asistencia y participación de los miembros del sector oficial en este Comité Intersectorial, será delegable en el caso de los Ministros sólo en los Viceministros, en el caso del Director del Departamento Nacional de Planeación, sólo en el Subdirector General y en el caso de Finagro sólo en el Secretario General.

Parágrafo 3

Los presidentes de los gremios representantes del sector privado, podrán delegar su asistencia informando previamente y por escrito ante la Secretaría Técnica del Comité AIS.

Parágrafo 4

La Secretaría Técnica del Comité del Programa “Agro, Ingreso Seguro - AIS”, será ejercida por la Dirección de Comercio y Financiamiento del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1133 de 2007