Micelio

Artículo 1

Ley 130 de 1896 · por la cual se conceden dos auxilios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Destínase del Tesoro Nacional la suma de mil doscientos pesos ($ 1,200) anuales en oro, por el término de cuatro años, como auxilio al señor Narciso Garay para que adelante en el estudio del arte musical, en el Conservatorio de París ó en cualquiera otro de los europeos.

Señálase al señor Garay la suma de trescientos pesos ($ 300) en oro, como viáticos de ida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 130 de 1896