Micelio

Artículo 5

Cuando El Acta De Nacimiento De Un Hijo Natural No Fuere Suscrita Por El Presunto Padre, Bien Como Denunciante, Bien Como Testigo, El Encargado De Llevar El Registro Civil Procederá A Entregar A Los Interesados Boleta De Citación De La Persona Que Se Haya Indicado Como Padre En La Hoja Complementaria Del Acta De Nacimiento

Decreto 398 de 1969 · por el cual se reglamenta la Ley 75 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Cuando el acta de nacimiento de un hijo natural no fuere suscrita por el presunto padre, bien como denunciante, bien como testigo, el encargado de llevar el registro civil procederá a entregar a los interesados boleta de citación de la persona que se haya indicado como padre en la hoja complementaria del acta de nacimiento. Las autoridades locales de policía y el Defensor de Menores prestarán su colaboración a los interesados para que el supuesto padre sea citado y comparezca a la oficina encargada del registro civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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