Aplicación excluyente. No podrán aplicarse en forma simultánea y a un mismo producto, medidas de limitación a las importaciones de origen chino de productos textiles y de vestido, de acuerdo con lo dispuesto por este Título y las medidas reglamentadas en los Títulos I y II del presente decreto, y demás medidas previstas en los acuerdos sobre Salvaguardia y Acuerdo sobre la Agricultura de la OMC.
Decreto 1480 de 2005 →Vigente
Artículo 45
Decreto 1480 de 2005 · Por medio del cual se regula la aplicación de medidas de limitación a importaciones de productos originarios de la República Popular China, previstas en el Protocolo de Adhesión de la República Popular China y en el Informe del Grupo de Trabajo de la Organización Mundial de Comercio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.