Artículo Único. Derogase en todas sus partes la Ley 13 de 1903 , y en consecuencia los indígenas de la Parcialidad del Timbio quedaran de nuevo sujetos a las disposiciones de la Ley 89 de 1890 .
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.