Micelio

Artículo 3

Decreto 1745 de 1986 · por el cual se crea la cámara de comercio de Arauca, se designa la junta directiva y se fija jurisdicción.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con carácter provisional y mientras toman posesión quienes resulten elegidos en asamblea, reconocese a las siguientes personas como miembros de la Junta Directiva Provisional de la Cámara: Por los comerciantes: PRINCIPALES: Adalberto Jaimes, Samuel Sánchez, Tomás Guerrero, Fabiola Forero. SUPLENTES: Alfonso Santoyo, Miguel Matus, Luis A. Colmenares, Arturo Avila. Por el Gobierno: PRINCIPALES: Edwin Restrepo Urrego, Leonel Pérez Bareño. SUPLENTES: Jairo Morales, Alicia Luna.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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