Micelio

Artículo 176

Ley 109 de 1922 · De Código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En todos casos no previstos por disposición especial, al que cometa un delito contra un miembro del Congreso o contra un funcionario público, por razón del ejercicio de sus funciones, se le agravará la pena que le corresponde por el delito cometido con un aumento de la sexta parte a la tercera parte.

De la violación de sellos y de las sustracciones en las oficinas públicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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