Destínase El Setenta Por Ciento (70%) Del Fondo De Garantía De Prendas Y Ahorro De Las Fuerzas De Policía, Para La Construcción Exclusiva De Viviendas Para Oficiales, Suboficiales, Agentes Y Empleados Civiles De Las Fuerzas De Policía
Decreto 219 de 1955 · Por el cual se extienden los beneficios de la Caja de la Vivienda Militar a los miembros de las Fuerzas de Policía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. Destínase el setenta por ciento (70%) del fondo de garantía de prendas y ahorro de las Fuerzas de Policía, para la construcción exclusiva de viviendas para Oficiales, Suboficiales, Agentes y empleados civiles de las Fuerzas de Policía.
Parágrafo
El Fondo de que trata este artículo pasará a formar parte de la Vivienda Militar, para los fines antes dichos.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.