De la partida global apropiada en el Capítulo 0908 "División de Epidemiologia" Programa IV "Enfermedades Transmisibles" artículo 9199 " Para control de enfermedades trasmisibles, de acuerdo con el Reglamento Sanitario Internacional", del Presupuesto para la vigencia fiscal en curso, hácense la siguiente distribución:
Las sumas destinadas por el artículo anterior, serán situadas a los Pagadores de las Direcciones Departamentales de Salud Pública de Atlántico, Bolívar, Magdalena, y al Pagador de la Secretaría Departamental de Salud Pública del Valle.