Micelio

Artículo 2.13.8.1.17

Cancelación Del Registro

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cancelación del registro . Cuando a pesar de haberse seguido extraordinariamente las prescripciones dadas para la aplicación de los productos amparados por registro del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), se presentaren lesiones en los cultivos, en los animales o en el hombre, ocasionados por su uso, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) podrá cancelar el registro correspondiente por medio de resolución motivada. (Decreto número 557 de 1957, artículo 8°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1071 de 2015