Micelio

Artículo 4

Ningún Reclamo Sobre La Cuantía De La Suma Asignada Como Empréstito A Cada Individuo Podrá Ser Oído Hasta Tanto Que Se Haya Consignado El 25 Por 100 De La Suma Señalada En La Respectiva Oficina

Decreto 22 de 1895 · Po el cual se crean recursos extraordinarios para conjurar la rebelión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Ningún reclamo sobre la cuantía de la suma asignada como empréstito a cada individuo podrá ser oído hasta tanto que se haya consignado el 25 por 100 de la suma señalada en la respectiva oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 22 de 1895