Micelio

Artículo 15

En Los Trabajos Permitidos En Domingo Serán Ocupados Solamente Los Obreros Y Empleados Estrictamente Necesarios, Y Su Duración Se Limitará Al Tiempo Indispensable Para Llenar El Objeto De La Labor

Decreto 1278 de 1931 · Por el cual se reglamentan las leyes 57 de 1926 y 72 de 1931 sobre descanso dominical

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los trabajos permitidos en domingo serán ocupados solamente los obreros y empleados estrictamente necesarios, y su duración se limitará al tiempo indispensable para llenar el objeto de la labor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1278 de 1931