Micelio

Artículo 1

Las Pensiones De Los Expresidentes De La República Continuarán Siendo Liquidadas Y Reconocidas Por La Caja Nacional De Previsión Social, Cajanal, Y Su Pago Se Continuará Efectuando Por El Fondo De Pensiones Públicas Del Nivel Nacional, Fopep

Decreto 1263 de 1998 · por el cual se modifica el Decreto número 91 de 1995.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las pensiones de los expresidentes de la República continuarán siendo liquidadas y reconocidas por la Caja Nacional de Previsión Social, Cajanal, y su pago se continuará efectuando por el Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional, FOPEP.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1263 de 1998