Impuesto Complementario De Normalización Tributaria-Sujetos Pasivos
Decreto 240 de 2026 · por el cual se adoptan medidas tributarias adicionales destinadas a atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al estado de emergencia declarado mediante el Decreto número 150 del 11 de febrero de 2026.
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Impuesto complementario de normalización tributaria-Sujetos Pasivos. Créase el impuesto complementario de normalización tributaria por el año gravable 2026, el cual estará a cargo de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios o de regímenes sustitutivos del impuesto sobre la renta, que tengan activos omitidos o pasivos inexistentes a 1° de abril de 2026.
Parágrafo
Los contribuyentes del impuesto sobre la renta o de regímenes sustitutivos del impuesto sobre la renta que no tengan activos omitidos o pasivos inexistentes a 1° de abril de 2026 no serán sujetos pasivos del impuesto complementario de normalización.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.