Micelio

Artículo 4

Decreto 3114 de 1964 · Por el cual se aprueba un Acuerdo del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Director General del Instituto, por medio de resolución fijará la fecha en que deban inscribirse las empresas y trabajadores de determinadas actividades y regiones en el Seguro Social, las fechas de iniciación de servicios y los períodos de cotizaciones previas en los Municipios comprendidos en la jurisdicción de la Caja Seccional de los Seguros Sociales del Quindío, en donde no se está actualmente prestando servicios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3114 de 1964