Micelio

Artículo 15

Funciones De La Vicepresidencia De Tecnología E Innovación

Decreto 122 de 2022 · por el cual se modifica la estructura del Banco Agrario de Colombia S. A. y se determinan las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Vicepresidencia de Tecnología e Innovación . Son funciones de la Vicepresidencia de Tecnología e Innovación las siguientes: Planear, coordinar, dirigir, definir, ejecutar y controlar el gobierno, las políticas, procesos y procedimientos de las tecnologías de la información, las comunica­ciones y de la innovación y transformación digital del Banco. Liderar, asesorar y acompañar la implementación de tecnologías de punta y comunicaciones, además de soluciones versátiles que contribuyan a la modernización del Banco. Planear, coordinar, dirigir y controlar las iniciativas de innovación y transformación digital del Banco, asegurando su transversalidad bajo las directrices y lineamientos de la Presidencia y la Vicepresidencia Ejecutiva para garantizar su alineación con la planeación corporativa. Liderar el diseño e implementación de la arquitectura de tecnologías de la información y las comunicaciones, que permitan orientar al Banco hacia tecnologías y comunicaciones eficientes que propendan a la modernización del mismo. Liderar, coordinar, y gestionar las acciones necesarias en tecnología informática, de comunicaciones, de innovación y transformación digital del Banco para el desarrollo de nuevos productos, servicios, convenios y canales. Impartir lineamientos para que el funcionamiento y disponibilidad de la infraestructura tecnológica cumpla con los niveles de servicio establecidos. Participar en la identificación e implementación de mecanismos, controles y sistemas que permitan resguardar y proteger la información del Banco, buscando mantener la confidencialidad, disponibilidad e integridad, en coordinación con las demás dependencias del Banco. Asesorar a la administración y dirección del Banco, en el diseño, desarrollo, implementación, control, ajuste y mantenimiento de la arquitectura tecnológica informática. Planear, dirigir, liderar, ejecutar, controlar y asegurar la gestión de los sistemas de información gerencial y analítica del negocio para garantizar su calidad, oportunidad y disponibilidad en alineación con la estrategia del Banco y las expecta­tivas de negocio. Definir lineamientos en temas asociados a la gestión tecnológica y coordinar con la Vicepresidencia de Operaciones las actividades operativas que deban ejecutarse en las regionales de acuerdo con la normatividad vigente. Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los Estatutos Sociales, los reglamentos, normas y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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