Micelio

Artículo 3

Ley 46 de 1937 · Por la cual se adiciona la Ley 115 de 1936 y se dan unas autorizaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quedan el Gobierno y el Banco Central Hipotecario autorizados para celebrar los contratos de préstamos que sean necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley, pudiendo el Gobierno garantizar las operaciones de crédito que celebre con hipoteca de las obras que se construyan en cumplimiento de la Ley 115 de 1936 y de la presente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 46 de 1937