Micelio

Artículo 10

Límites De Montos De Indemnización Por Víctima

Decreto 1377 de 2014 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 132 de la Ley 1448 de 2011 y se modifica el artículo 159 del Decreto número 4800 de 2011 en lo concerniente a la medida de indemnización a las víctimas de desplazamiento forzado, se regulan algunos aspectos de retorno y reubicación y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Límites de montos de indemnización por víctima. Si respecto de una misma víctima concurre más de una violación de aquellas establecidas en el artículo 3° de la Ley 1448 de 2011, esta tendrá derecho a que el monto de la indemnización administrativa se acumule hasta un monto máximo de cuarenta (40) smlmv. Se verificará el cumplimiento de este tope por cada miembro del núcleo familiar que recibe indemnización administrativa por desplazamiento forzado. En consecuencia: 1. Si un miembro del núcleo familiar víctima ha recibido indemnización por otros hechos victimizantes por un monto total igual a 40 smlmv se aplicará lo dispuesto en el

Parágrafo 2

del artículo 149 del Decreto número 4800 de 2011, por consiguiente no recibirá indemnización adicional y el porcentaje que le correspondía será distribuido entre los demás miembros del núcleo familiar víctima. 2. Si un miembro del núcleo familiar ha recibido indemnización por otros hechos victimizantes por un monto inferior a 40 smlmv, recibirá el porcentaje correspondiente al hecho victimizante de desplazamiento forzado sin superar los 40 smlmv vigentes por persona, y el resto será distribuido entre los demás miembros del núcleo familiar víctima. Para efectos de determinar el límite previsto en los numerales anteriores, se tendrá en cuenta el número de salarios mínimos que recibió en su momento la persona, aunque hubiese sido calculado con referencia al salario mínimo legal mensual vigente al momento del pago. El pago de la indemnización a los niños, niñas y adolescentes se hará mediante la constitución de encargos fiduciarios en su favor, como lo ordenan los artículos 185 de la Ley 1448 de 2011 y 160 del Decreto número 4800 de 2011.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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