Micelio

Artículo 21

Régimen De Transición

Decreto 175 de 2022 · Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el patrimonio técnico de sociedades fiduciarias, sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantías, sociedades comisionistas de bolsa y sociedades administradoras de inversión.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Régimen de transición. Las sociedades fiduciarias, las sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantías, las sociedades comisionistas de bolsa y las sociedades administradoras de inversión tendrán doce (12) meses para cumplir con las disposiciones previstas en el presente Decreto, contados a partir de la fecha en la cual la Superintendencia Financiera de Colombia publique las instrucciones que correspondan para la aplicación de este Decreto. Las instrucciones deberán ser expedidas a más tardar dentro de los doce (12) meses siguientes a la fecha de publicación del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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