Micelio

Artículo 3

Los Pagarés A Que Se Refiere Este Decreto Serán Pagaderos Así: Tres Millones Ciento Veinticinco Mil Pesos ($ 3

Decreto 2386 de 1955 · Por la cual se autoriza un aporte de capital en la Empresa Colombiana de Aeródromos, y la emisión de unos títulos de Deuda Pública Interna

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los pagarés a que se refiere este Decreto serán pagaderos así: tres millones ciento veinticinco mil pesos ($ 3.125.000.00), un año después de la fecha de emisión de los títulos; igual cantidad dos años después de la fecha de emisión, y el saldo, tres años después de la fecha de emisión, y durante el plazo devengarán intereses a la rata del seis por ciento (6%) anual, pagaderos por trimestres vencidos.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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