Artículo sexto. A partir del 16 de septiembre de 1957, nómbrase Médico Jefe del Dispensario y Centro Epidemiológico Antituberculoso de Tunja, al doctor Ernesto Calderón Gómez.
Decreto 2009 de 1957 →Vigente
Artículo 6
Decreto 2009 de 1957 · Por el cual se suprimen unos cargos, se crean otros y se dictan unas disposiciones relacionadas con la Compaña Antituberculosa Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.