Micelio

Artículo 37

En La Secretaría Del Ministerio De Industrias Se Llevará Un Libro De Registro, Debidamente Foliado Y Autenticado En Cada Una De Sus Páginas Con Las Firmas Del Ministro Y Del Secretario, En El Cual Se Anotarán Por Riguroso Orden Numérico Y Cronológico Las Propuestas, Con Especificación Del Día En Que Fueron Presentadas, Los Nombres De Los Proponentes, Los Linderos Y La Ubicación Del Área Solicitada Y Una Relación Completa De Los Documentos Que Forman La Propuesta, Con El Detalle Del Número De Fojas Del Memorial O Memoriales Respectivos, Las De Los Planos Y Memorias Técnicas, Con Los Nombres De Las Personas Que Autorizan Dichos Planos Y Memorias

Decreto 1270 de 1931 · Por el cual se reglamenta la ley 37 de 1931

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En la Secretaría del Ministerio de Industrias se llevará un libro de registro, debidamente foliado y autenticado en cada una de sus páginas con las firmas del Ministro y del Secretario, en el cual se anotarán por riguroso orden numérico y cronológico las propuestas, con especificación del día en que fueron presentadas, los nombres de los proponentes, los linderos y la ubicación del área solicitada y una relación completa de los documentos que forman la propuesta, con el detalle del número de fojas del memorial o memoriales respectivos, las de los planos y memorias técnicas, con los nombres de las personas que autorizan dichos planos y memorias. Se entenderán como hechas simultáneamente las propuestas presentadas el mismo día.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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