Micelio

Artículo 8

Decreto 2577 de 1999 · por el cual se modifica el Decreto 841 del 5 de mayo de 1998, se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y la Ley 100 de 1993 en los aspectos tributarios relacionados con la Seguridad Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Descuento de la base de retención por ahorro en las cuentas de "Ahorro para el Fomento de la Construcción-AFC". Tratándose de asalariados, la entidad pagadora efectuará directamente ante la entidad financiera respectiva, la consignación de las sumas que el trabajador destine a su cuenta de "Ahorro para el Fomento de la Construcción-AFC" y para efectos de practicar la retención en la fuente, descontará de la base mensual de retención, la totalidad de la suma a consignar que no exceda del treinta por ciento (30%) del ingreso laboral del trabajador. Para efectos de lo previsto en el inciso anterior, el trabajador deberá manifestar por escrito su voluntad al empleador, con anterioridad al pago del salario y demás ingresos laborales, indicando el número y entidad financiera donde posee su cuenta de "Ahorro para el Fomento de la Construcción-AFC", el monto que desea consignar y si el mismo se refiere a un solo pago o a los que se realizan durante determinado período. El trabajador podrá identificar más una cuenta de "Ahorro para el Fomento de la Construcción-AFC", poseídas en diferentes entidades financieras. Tratándose de trabajadores independientes que autoricen al pagador, realizar la consignación de sumas en su cuenta de "Ahorro para el Fomento de la Construcción-AFC", el monto de la suma objeto de consignación, se descontará de la base de retención en la fuente, siempre y cuando no exceda del treinta por ciento (30%) del ingreso tributario. Para tal efecto, el trabajador independiente deberá manifestar por escrito su voluntad al agente retenedor, con anterioridad al pago o abono en cuenta, indicando el número y entidad financiera donde posee su cuenta de "Ahorro para el Fomento de la Construcción-AFC" y el monto que desea consignar. Lo dispuesto en el inciso anterior se aplicará igualmente a los ingresos no laborales que reciban los asalariados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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