Micelio

Artículo 88

Decreto 1403 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo No. 62 del 29 de junio de 1994 del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales que adopta la estructura interna y establecen las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

-El Departamento Regional Aseguradora de ATEP cumplirá las siguientes funciones

a)

Adelantar y desarrollar la gestión de contratación de servicios de salud ocupacional y pago de incapacidades con la EPS y terceros.

b)

Expedir las pólizas que formalicen la venta o afiliación a los seguros de ATEP.

c)

Revisar y conciliar las cuentas ocasionadas por la prestación de servicios médicos y prestaciones económicas del seguro.

d)

Mantener actualizada la información que permita verificar y modificar la clasificación de las empresas.

e)

Llevar y mantener todos los riesgos contables y estadísticos que soporten las cuentas de los estados financieros, que permitan elaborar los planes y proyectos.

f)

Coordinar con los servicios de apoyo de la regional los aspectos interdependientes propios de su área garantizando el funcionamiento normal.

g)

Establecer los sistemas de información y de comunicación que faciliten el acceso y el uso racional de los servicios.

h)

Garantizar la disponibilidad de los recursos para la eficiente operación del sistema.

i)

Las demás que se le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1403 de 1994