Sin perjuicio de la asignación correspondiente en los Presupuestos de gastos para el pago de los cupones vencidos y los bonos sorteados, unos y otros serán admisibles a la par, como dinero en todo pago a las rentas nacionales.
En el acto de su admisión como dinero, los empleados responsables cancelarán, perforándolos, dichos documentos, los cuales seran remitidos por los Administradores Principales de Hacienda Nacional a la Tesorería General, dando aviso especificado de cada remesa a la Oficina de Crédito Público.
Para la admisión y pago de los cupones los empleados del Erario exigirán la exhibición de los títulos correspondientes.