Micelio

Artículo 6

° Es Deber Del Rector Invigilar, Por Los Medios De Que Pueda Disponer, La Conducta Moral Y Social De Los Alumnos De La Facultad ; Aplicar Penas Correccionales Y Dar Cuenta De Las Faltas Que Cometan, Á Los Padres Y Acudientes

Decreto 369 de 1906 · Por el cual se reglamenta la facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Es deber del Rector invigilar, por los medios de que pueda disponer, la conducta moral y social de los alumnos de la Facultad ; aplicar penas correccionales y dar cuenta de las faltas que cometan, á los padres y acudientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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